Ayuda Estatal Directa a la Entrada |
Consiste en una cantidad que se abona mediante un pago único por la entidad que haya concedido dicho préstamo convenido. La cuantía de las ayudas dependerá en cualquier caso de las circunstancias familiares del solicitante.
SUPUESTOS |
Ingresos familiares ≤ 2,5 veces el IPREM |
Ingresos familiares entre 2,5 y 3,5 veces el IPREM |
| Caso general |
7.000 € |
4.000 € |
| Situaciones especiales * |
7.900 € |
4.900 € |
| Jóvenes de hasta 35 años |
10.000 €
(11.000 €, si situaciones especiales) |
7.000
(8.000 €, si situaciones especiales) |
| Familias con 3 hijos |
10.000 € |
7.000 € |
| Familias con 4 hijos |
10.600 € |
7.600 € |
| Familias con 5 hijos o más |
11.200 € |
8.200 € |
* Familias monoparentales, miembro discapacitado, miembro de 65 o más años, miembro víctima de violencia de género o del terrorismo u otro colectivo en riesgo de exclusión social.
* IPREM Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
Requisitos
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Haber obtenido un Préstamo Convenido.
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Para acceder a la AEDE, el Préstamo Convenido debe suponer, al menos, el 60% del precio total de la vivienda.
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Cumplir las condiciones para el “primer acceso a la vivienda en propiedad”:
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Los ingresos familiares no pueden exceder de 3,5 veces el IPREM. |
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No tener o haber tenido vivienda en propiedad, o en caso contrario, que su valor no exceda, según el ITP, del 25% del precio máximo total de venta de la vivienda protegida. |
Limitaciones
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Obtenida la ayuda estatal directa a la entrada, la amortización anticipada parcial o total del préstamo antes de haber transcurrido los cinco primeros años del período de amortización conllevará el reintegro de la subvención, con los intereses de demora desde su percepción.
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Consejería de Vivienda de Madrid
Formulario solicitud renta básica de emancipación en Madrid