Subsidiación del Préstamo Convenido |
Supone la reducción de una parte de la cuota de amortización a pagar por el préstamo convenido durante 5 años, ampliable otros 5 cuando los ingresos no superen 2,5 veces el IPREM. La cantidad se establece por cada 10.000 € de préstamo.
Ingresos familiares |
Familia Numerosa |
1º - 5º año |
6º - 10º año |
≤ 2,5 IPREM |
NO |
82 € |
82 € |
SÍ |
132 € |
82 € |
2,5 - 3,5 IPREM |
NO |
48 € |
--- |
| SÍ |
78 € |
--- |
Para que se conceda la subsidiación en el segundo período de 5 años, es necesario solicitarla dentro del 5º año del primer período y que se acredite que se siguen cumpliendo las condiciones.
Requisitos
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- |
Los ingresos familiares no pueden exceder de 3,5 veces el IPREM. |
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- |
No tener o haber tenido vivienda en propiedad, o en caso contrario, que su valor no exceda, según el ITP, del 25% del precio máximo total de venta de la vivienda protegida. |
Consejería de Vivienda de Madrid
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